

Reforma agraria y no criminalización de la lucha campesina
Ante la discusión en el Congreso Nacional de la propuesta de Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial de Honduras, es necesario recordar los artículos 344 y 345 de la Constitución de la República.
Esta disposición señala claramente que se declara “de necesidad y utilidad pública la ejecución de la Reforma Agraria”, que es “un proceso integral y un instrumento de transformación de la estructura agraria del país”
A su vez, la Constitución ordena que este proceso debe estar orientado a “sustituir el latifundio y el minifundio por un sistema de propiedad, tenencia y explotación de la tierra que garantice la justicia social en el campo”.
Por su parte, el artículo 345 establece que la Reforma Agraria es parte esencial de la estrategia global del desarrollo del país. Por tanto, todo lo que se apruebe debe formularse y ejecutarse en forma armónica con aquella.
Además, este proceso debe ejecutarse “de manera que se asegure la eficaz participación de los campesinos, en condiciones de igualdad con los demás sectores de la producción”.
Contrario a lo que ordena la Constitución, la Ley Para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial busca blindar los intereses de los terratenientes a costa de los derechos del campesinado hondureño.
Nuevamente, el cogobierno que controla el Congreso Nacional está demostrando que legisla en beneficio de los poderosos, mientras a los más vulnerabilizados solo les ofrece criminalización.

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