Martes, 03 Julio 2018

Histórico: Dos veces elegido ilegalmente Fiscal General

El 25 de junio, Luis Rubí y Roy Urtecho renunciaron a sus puestos de Fiscal General y Fiscal Adjunto, y de forma inesperada el Congreso Nacional decidió elegir a los nuevos titulares del Ministerio Público, no para terminar el mandato de estos que finalizaba en marzo de 2014, sino para un mandato de 5 años, lo cual fue a todas luces inconstitucional.

El elegido fue Óscar Chinchilla, quien fue el único magistrado de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que no fue destituido en diciembre de 2012 por el Congreso Nacional, gracias a que no votó en contra de uno de los proyectos estrella de entrega de la soberanía nacional del señor Juan Orlando Hernández, es decir, las “Ciudades Modelo”.

En el proceso de selección, la Junta Proponente de ese momento evaluó 37 candidaturas mediante la realización de pruebas psicométricas para evaluar su capacidad intelectual, inteligencia emocional y capacidad de reacción. Con los resultados, 13 personas fueron seleccionadas como las más calificadas, dentro de las cuales no se encontraba Óscar Chinchilla.

Sin embargo, 4 miembros de la Junta Proponente aprovecharon su mayoría para torcer el proceso con el fin de incluir al abogado Chinchilla y en medio de una serie de irregularidades fue elegido ilegalmente

Fiscal General. Hoy la historia se repite y Chinchilla fue reelegido en medio de unas oscuras negociaciones entre el bipartidismo, la embajada de Estados Unidos y los sectores oficialistas de sociedad civil.

Pero esta vez hay más razones que evidencian la ilegalidad de su nombramiento. Primero, una razón constitucional porque el artículo 233 de la Constitución establece que el Fiscal General será electo por el Congreso Nacional de una nómina de 5 candidatos seleccionados por una junta proponente. Óscar Chinchilla no debía reelegirse porque no estaba incluido en dicha nómina.

En un país democrático, lo legal era iniciar nuevamente el proceso para que la Junta Proponente seleccionara y enviara una nueva lista de 5 candidaturas en la que se incluyera la de Chinchilla en caso que obtuviera las calificaciones necesarias.

Segundo, una razón legal-internacional, ya que los estándares internacionales de derechos humanos plantean que un factor de fragilidad en la independencia de un Fiscal General es la posibilidad jurídica de la reelección. Por tanto, debería ser preferible que Óscar Chinchilla no participe en un proceso para buscar su reelección, sobre todo cuando su primera elección fue ilegal.

Tercero, una razón moral, pues pese a los avances en la lucha contra la corrupción gracias al acompañamiento de la MACCIH y la creación de la UFECIC, en materia de derechos humanos el Ministerio Público mantiene una deuda con las víctimas del golpe de Estado y de la crisis post-electoral, lo cual es una prueba irrefutable del desprecio hacia la dignidad humana por parte de la gestión de Óscar Chinchilla.

Como lo plantea la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, es preocupante que en este proceso de elección del Fiscal General no se observaran la normativa constitucional y el principio de legalidad, lo cual puede debilitar aún más a la institucionalidad del Ministerio Público.

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