El Congreso Nacional, presidido por Tomás Zambrano, volvió a violentar los procedimientos legislativos para favorecer a la empresa privada. Durante la sesión del martes, 1 de septiembre, a través de una moción de reconsideración presentada por el diputado nacionalista Carlos Ledezma, se aprobó incluir a las empresas Tigo y Claro en la amnistía de sanciones económicas o multas con Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL).

Las empresas de telefonía móvil Tigo y Claro, en la sesión del 19 de agosto de 2026, habían sido excluidas de la amnistía de multas, intereses moratorios, recargos y otras sanciones económicas acumuladas entre 2014 y 2024 en CONATEL.

El diputado de Libertad y Refundación (Libre), Fabricio Sandoval, denuncia como un acto de corrupción la moción de reconsideración presentada por el diputado Carlos Ledezma para incluir a Tigo y Claro en la amnistía.

Sandoval, diputado que presentó la moción para excluir a Tigo y Claro de la amnistía, cuestiona el procedimiento utilizado y señala que no había quórum ni votos suficientes para aprobar la modificación: “las mociones de reconsideración se hacen cuando estamos discutiendo un proyecto o se hacen cuando está aprobándose el acta; él presentó eso para modificar el artículo 1 para que Claro y Tigo se le dé una amnistía, el procedimiento es totalmente viciado y además no habían votos, es un acto de corrupción, de deslealtad al pueblo hondureño”.

La exdiputada del Congreso Nacional, Doris Gutiérrez, señala la falta de transparencia en la lectura y aprobación de la moción de reconsideración que busca incluir a Tigo y Claro en la amnistía con CONATEL.

Gutiérrez pide retomar la votación electrónica para garantizar claridad sobre quiénes votan y cuántos lo hacen a favor o en contra.

“Y por lo que vimos en el video, solamente una bancada estaba presente en ese momento. Entonces, todo esto le da visos de ilegalidad a las a las situaciones que se aprueban en este Congreso Nacional”, apunta la exdiputada Gutiérrez.

La abogada y exdiputada, Fátima Mena, explica que la moción de reconsideración es una herramienta legislativa que solo puede presentarse en el marco de la aprobación del acta de sesión legislativa y no permite cambiar un decreto ya aprobado por el pleno de diputados y diputadas.

Mena, advierte que, si la modificación para incluir a Tigo y Claro en la amnistía llega a publicarse, podría ser impugnada ante la Sala de lo Constitucional mediante una acción de inconstitucionalidad.

“Ha sido una mala práctica histórica que hemos tenido a través de los congresos en el en abuso de la figura de la moción de reconsideración, claramente ha sido una violación al procedimiento que establece la Constitución”, opina Mena. No es la primera vez que el Congreso Nacional, a cargo de Tomás Zambrano, recurre a una moción de reconsideración para modificar una ley ya aprobada, en junio pasado, apenas días después de aprobar la Ley de Protección al Sector Agroindustrial, diputados presentaron una reconsideración para ampliar su alcance a otros sectores.