
Este día llegó a la Corte Suprema de Justicia el consejero Marlon Ochoa para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la figura de juicio político. Pretenden utilizarla en el Congreso Nacional para su posible destitución y la de otros funcionarios públicos.
Según el consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que buscan los diputados del bipartidismo —Partidos Nacional y Liberal— es quitarlo de su cargo. Él afirma ser el “único testigo del fraude electoral ocurrido en las pasadas elecciones generales de Honduras el 30 de noviembre de 2025”.
El recurso está fundamentado en la alta discrecionalidad con que quedó estructurado el juicio político. Además, no se respetan las principales garantías constitucionales, como el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa.
“Lamentablemente ya inició el prejuzgamiento de parte de diputados del oficialismo que está gobernando Honduras. Está claro que el juicio político que pretenden montar es porque soy el único testigo directo y presencial del fraude electoral realizado en noviembre de 2025. Un proceso manipulado no únicamente por el gobierno de Estados Unidos, por la administración de Trump, o por las estructuras del narcotráfico o maras. También soy testigo directo de lo ocurrido al interior del Consejo Nacional Electoral, donde dejaron de contarse más de 1,300 actas y miles de votos a nivel presidencial; 1,800 actas a nivel de corporaciones municipales y más de 1,300 actas a nivel de diputados. Está claro que en Honduras se declaró a un presidente, alcaldes y diputados con muchas dudas y cuestionamientos”, dijo Ochoa.
Este día cobró mayor fuerza la intención de los diputados liberales y nacionalistas de llevar a juicio político al actual fiscal general, abogado Jhoel Zelaya; al consejero del Consejo Nacional Electoral (CNE), Marlon Ochoa; a Mario Morazán, del Tribunal de Justicia Electoral, y a la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, la magistrada Rebeca Raquel Obando.
En reunión de jefes de bancadas se discutió la utilización de la figura de juicio político para apartar de sus cargos a estos funcionarios, dijo en Zona Informativa el diputado Mario Segura.

Sobre la figura de juicio político, el abogado y doctor en derechos humanos Joaquín Mejía dijo que es un tema de jurisprudencia interamericana. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no se pueden adoptar sanciones políticas, particularmente porque eso significa una injerencia en la toma de decisiones de un órgano independiente.
Mejía recordó que el Estado fue condenado en el caso Gutiérrez Nava contra Honduras, cuando se destituyó en 2012 a los magistrados de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. “Es necesario que los funcionarios públicos rindan cuentas y que sepan que la figura del juicio político es una herramienta para ello. Pero se requiere que se respete el debido proceso, porque las decisiones del Congreso Nacional no pueden ser sujetas a control judicial. No se puede vulnerar el debido proceso y el derecho al acceso a la justicia que tienen todas las personas y que garantiza la Constitución de la República”, dijo.
El abogado Mejía recordó que cualquier procedimiento —sea de tipo administrativo, laboral, penal o político— que implique una sanción para una persona, sea funcionaria o no, requiere que se respeten las garantías constitucionales.
De aplicarse la actual figura de juicio político en Honduras, se violarían los estándares internacionales de derechos humanos. “En este momento, cualquier persona que sea sometida a juicio político, sabiendo que ya el Estado de Honduras fue condenado, se repetiría la historia. Seríamos condenados nuevamente y lo peor de todo esto es que quien pagaría esas sanciones es el pueblo hondureño. Ahora lo que se requiere es lograr una figura que esté a la altura de los estándares internacionales”, agregó Mejía.
La ley de juicio político se aprobó en Honduras en diciembre de 2012. Inmediatamente después se destituyó a jueces de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, lo que derivó en el caso Gutiérrez-Navas, por el que Honduras fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Como parte de la garantía de no repetición, la Comisión Interamericana solicitó a la Corte ordenar la adecuación de la legislación interna. Esto asegura que los procesos disciplinarios contra las más altas autoridades del poder judicial sean compatibles con los estándares de independencia judicial y cumplan con todas las garantías del debido proceso y el principio de legalidad.
La Corte constató que, como lo señalaron la Comisión y los representantes, mediante el Decreto 231-2012 del 23 de enero de 2013, el artículo 234 de la Constitución de la República fue reformado para incluir la figura de juicio político contra altos servidores públicos.
El desarrollo de dicha reforma, el 5 de abril de 2013, el Congreso Nacional aprobó la Ley Especial de Juicio Político. De acuerdo con la ley, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia pueden ser destituidos como resultado de un juicio político. Entre los causales, cuando realizan acciones u omisiones que lesionen el interés nacional por ser contradictorias con las directrices políticas del Estado. Asimismo, la ley establece que, por su naturaleza política, contra el procedimiento del juicio político o sus efectos no cabe la interposición de ningún recurso o acción judicial.